LEVANTAMIENTO DE LA FERIA JUDICIAL EXTRAORDINARIA
- Maria L
- 19 may 2020
- 2 Min. de lectura
Actualizado: 31 jul 2020
El levantamiento de la feria judicial extraordinaria llegó luego de un arduo trabajo realizado por el Colegio Público de Abogados de la Capital Federal. A lo largo de esta feria extraordinaria nos hemos propuesto, en representación de todos los abogados de la matrícula, obtener las mejores respuestas para que, dando prevalencia a la actividad del abogado y sin descuidar la salud, se fueran dando las condiciones para llegar, de manera progresiva, a este momento.
Así fue que durante los últimos meses el Colegio Público de Abogados de la Capital Federal ha conseguido para sus matriculados que se puedan realizar presentaciones en formato digital, que se habilite la feria para el libramiento de giros judiciales en forma electrónica, la extensión del horario para dejar nota, que se restablezca la actividad del SECLO y de las mediaciones prejudiciales de manera remota, la implementación del diligenciamiento electrónico de oficios, el pago del bono y de la tasa de justicia a través de plataformas electrónicas, la inclusión de la actividad de los abogados como afectada por la emergencia sanitaria y con ello lograr la reducción o postergación del pago de las contribuciones patronales, el acceso a salarios complementarios (ATP) y a créditos a tasa cero para monotributistas, entre muchos otros logros.
También se formularon varios pedidos a las Cámaras Nacionales y Federales a fin de que habiliten la feria extraordinaria con relación a la tramitación de distintas materias así como también para el dictado de sentencias y regulaciones de honorarios, siendo admitidos todos ellos.
Asimismo se logró de la Corte Suprema la implementación definitiva de la actividad en formato digital (tal como se dispone en la Ac.CSJN 27/2020) y se presentaron ante el Máximo Tribunal, a lo largo de estos meses, distintas opciones para el levantamiento de la feria que han sido tenidas en cuenta en el dictado de la nueva acordada, así como también diversos pedidos para la incorporación de nuevas modalidades electrónicas o digitales, como ser el Formulario 3003 de sucesiones, oficios al archivo y todas las comunicaciones a librarse en los términos de la Ley 22.172.
En dicho sentido, se formó una comisión integrada por la Corte Suprema de Justicia de la Nación, la Unión de Empleados de la Justicia Nacional, el Consejo de la Magistratura de la Nación y el Colegio Público de Abogados de la Capital Federal para consensuar el protocolo de actuación ante los tribunales a partir del levantamiento definitivo de la feria extraordinaria.
Finalmente, en virtud del dictado de la Acordada CSJN 27/2020, el C.P.A.C.F., le solicitó a la jueza Rita Ailán, en el marco de la acción de amparo interpuesta, una nueva medida cautelar innovativa en los términos de los arts. 203, 230 y sgtes. del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, a efectos que ordene exceptuar a los abogados del cumplimiento del aislamiento social, preventivo y obligatorio y de la prohibición de circular, con el fin de que puedan acceder a sus oficinas y concurrir a los tribunales de justicia en el ámbito de la Ciudad de Buenos Aires utilizando el servicio de transporte público.}
Fuente: CPACF
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